Miércoles 12 de agosto de 2026
El Pleno del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública (ICHITAIP) resolvió en Sesión Ordinaria celebrada este día, el Recurso de Revisión ICHITAIP/RR-0175/2026 interpuesto en contra de Sujeto Obligado Municipio de Ahumada dándolo por no cumplido e imponiendo por ello la medida de apremio consistente en amonestación pública al Responsable de la Unidad de Transparencia, Sebastián Guadalupe Miranda Delgado.
En el mes de mayo del presente año, el ICHITAIP resolvió el recurso de revisión en cuestión, por el cual ordenó al Sujeto Obligado entregar los formatos XXIA, XXIB, XXIC, XXXVIII, XXXIA, XXXIB de los cuatro trimestres del 2025 ya que no se encuentran publicados en la Plataforma Nacional de Transparencia.
A pesar de la resolución y una vez concluido el plazo concedido para cumplir con la instrucción, no se encontró en autos constancia alguna que permitiera concluir que el Sujeto Obligado hubiese dado cumplimiento a la resolución, en la cual se le ordenó informar a este Organismo Garante en el plazo legal establecido para ello.
Ante este hecho, el Pleno del Órgano Garante con el voto unánime de sus integrantes, dio por no cumplida la resolución emitida el 27 de mayo de 2026, razón por la cual se impuso la amonestación pública al funcionario del Sujeto Obligado Municipio de Ahumada y concedió un plazo de cinco días hábiles contables a partir del día siguiente de la notificación, para que se entregue la información solicitada.
En la sesión celebrada este día estuvieron presente la Comisionada Karla Gabriela Fuentes Moreno, la Comisionada María Selene Prieto Domínguez y el Comisionado Presidente Sergio Rafael Facio Guzmán.




