Impone Pleno del ICHITAIP amonestación pública a funcionaria del Sujeto Obligado Municipio de Guachochi


Miércoles 25 de marzo de 2026

 

Ante el incumplimiento de la resolución emitida el 29 de enero del presente año, en la que se modificó la respuesta entregada a la parte recurrente, a fin de que hiciera llegar los datos requeridos junto al acuerdo de ampliación de plazo emitido por el Comité de Transparencia, el Pleno del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública (ICHITAIP) impuso una amonestación pública a la Responsable de la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado, Municipio de Guachochi, Areli Batista Palma.

 

El Comisionado Presidente del ICHITAIP Sergio Rafael Facio Guzmán, la Comisionada Karla Gabriela Fuentes Moreno y la Comisionada María Selene Prieto Domínguez, celebraron este día una sesión ordinaria en la que resolvieron el recurso de revisión ICHITAIP/RR-0857/2025, el cual fue votado de manera unánime como no cumplido.

 

A través de una solicitud de acceso a la información, se le había requerido al sujeto obligado Municipio de Guachochi los datos del periodo del 1 de enero del 2024 al 13 de octubre del 2025, desglosada y particularizada por tipo de incidente, consistente en:

 

  • Tipo de incidente o evento (es decir hechos presuntamente constitutivos de delito y/o falta administrativa, o situación reportada, cualquiera que esta sea, especificando si el hecho fue con o sin violencia)
  • Hora del incidente o evento
  • Fecha (dd/mm/aaaa) del incidente o evento
  • Lugar del incidente o evento
  • Ubicación del incidente o evento
  • Las coordenadas geográficas del incidente o evento. Establecidas en la sección “lugar de la intervención” del informe policial homologado para 1) hechos probablemente delictivos o para 2) justicia cívica según corresponda al tipo de incidente.

 

En respuesta, el sujeto obligado remitió los acuerdos emitidos por su Comité de Transparencia referentes a la ampliación de plazo, así como el acuerdo de inexistencia de la información solicitada, de la cual, argumentó, no se encontraron archivos físicos ni digitales, además de ser datos correspondientes a la anterior administración municipal.

 

En el proyecto de resolución presentado por la Comisionada Karla Gabriela Fuentas Moreno a los integrantes del Pleno, se señala que el sujeto obligado fue omiso en entregar la información o pronunciarse respecto a los incidentes del periodo del mes de  octubre de 2024 a septiembre de 2025, lo que evidenció una respuesta incompleta y vulnerando con ello el atributo de información pública consistente en completitud previsto en el artículo 5 fracción VI de la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública del Estado de Chihuahua.

 

Aunado a la amonestación pública, el Pleno ordenó notificar al titular del Sujeto Obligado Municipio de Guachochi para que tome las medidas necesarias a fin de que un plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación del acuerdo, se de cumplimiento a lo ordenado.