Determina Pleno del ICHITAIP imponer amonestación pública a funcionaria del Instituto Chihuahuense de las Mujeres por incumplir instrucción


Miércoles 24 de agosto de 2022

 

El Pleno del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública (ICHITAIP) dio por no cumplida la resolución del pasado 14 de julio correspondiente al recurso de revisión ICHITAIP/RR-0691/2022  interpuesto en contra del Sujeto Obligado Instituto Chihuahuense de las Mujeres e impuso a la Responsable de la Unidad de Transparencia , Laura Gabriela Martínez Jiménez, una amonestación pública.

 

Así mismo, se instruyó al Sujeto Obligado a entregar la información solicitada, consistente en el currículum de la persona encargada del monitoreo dentro del proyecto Fondo para el Bienestar y el Avance de las Mujeres o bien, se pronuncie al respecto.

 

Mediante solicitud de información, se requirió al Sujeto Obligado el nombre de la persona que se contrató para la coordinación del proyecto Fondo para el Bienestar y el Avance de las Mujeres (FOBAM), su currículum vitae, perfil profesional, además del nombre del nombre de la persona que se contrató para el monitoreo y seguimiento, currículum vitae y su perfil profesional.

 

En respuesta el Sujeto Obligado Instituto Chihuahuense de las Mujeres indicó que no se había contratado a nadie para la coordinación del mencionado proyecto, que se había enviado una propuesta para el cargo a la Dirección de Participación Social y Política para la Igualdad del Instituto Nacional de las Mujeres, además de haber enviado una liga a dónde se podría acceder para obtener la información referente al perfil a cumplir por parte de quien ocupe el cargo.

 

El solicitante interpuso recurso de revisión bajo el argumento de la imposibilidad de abrir el archivo que se le envío, además de que la liga no permitía el acceso al sitio de consulta del currículum de la candidata al cargo.

 

Los integrantes del Pleno consideraron procedente el recurso de revisión interpuesto por quien solicitó la información y se modificó la respuesta concedida a fin de que el Sujeto Obligado entregara el currículum de la persona encargada del monitoreo del proyecto FOBAM y en su caso, realizará las aclaraciones necesarias en torno al currículum entregado en su respuesta primigenia.

 

El Sujeto Obligado fue omiso en dar cumplimiento a la instrucción dentro del plazo concedido por éste Órgano Garante, razón por la cual se impuso la amonestación pública a la Responsable de la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado, con la finalidad de asegurar el cumplimiento de lo ordenado por los Comisionados del ICHITAIP, Comisionada Amelia Lucía Martínez Portillo, Comisionado Rodolfo Leyva Martínez y el Comisionado Presidente, Ernesto Alejandro de la Rocha Montiel.






<