Ordena Pleno del ICHITAIP a Universidad Tecnológica de la Babícora dar a conocer número de juicios laborales y su costo


Miércoles 26 de enero de 2022

El Pleno del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública (ICHITAIP) ordenó al Sujeto Obligado Universidad Tecnológica de la Babícora dar a conocer el número de juicios laborales que tiene en contra y el monto económico que significaría su pago.

Los Comisionados del ICHITAIP realizaron éste día una Sesión Ordinaria en la que resolvieron el recurso de revisión ICHITAIP7RR-842/2021 interpuesto por un particular en contra del Sujeto Obligado Universidad Tecnológica de la Babícora, el cual se dio por no cumplido, luego de que en una primera instancia se emitiera la resolución de fecha 17 de diciembre del 2021, por la que se le ordenó dar respuesta completa al solicitante.

Debido al incumplimiento, se impuso al responsable de la Unidad de Transparencia, Samuel Medina Villegas, una amonestación pública como medida de apremio para asegurar el cumplimiento de la resolución, conforme a lo dispuesto por la fracción I del artículo 160 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua.

El proyecto de resolución presentado a los integrantes del Pleno por la Comisionada Amelia Lucía Martínez Portillo, se indica que luego de transcurrido el plazo otorgado para cumplir con la resolución de primera instancia, no se recibió respuesta por parte del Sujeto Obligado.

“No obra en autos constancia alguna de que se hubiese entregado al recurrente la información solicitada, que permita concluir que el Sujeto Obligado cumplió con lo requerido en la resolución, la cual le ordenó informar a este Organismo Garante en el plazo legal establecido del cumplimiento que diera a la misma”, señala el documento que fue aprobado de manera unánime por la Comisionada Amelia Lucía Martínez Portillo, el Comisionado Rodolfo Leyva Martínez y el Comisionado Presidente Ernesto Alejandro de la Rocha Montiel.

Luego de dictaminar como no cumplida la instrucción por parte del Sujeto Obligado, se impuso la sanción y se ordenó notificar al superior jerárquico de la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado a fin de que implemente las medidas administrativas necesarias para asegurarse de que su subalterno cumpla con la resolución en un plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de haber sido notificado.






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