Impone Pleno amonestación pública a Director de Desarrollo Urbano y Ecología del Municipio de Guadalupe y Calvo


Martes 30 de marzo de 2021

 

Los Comisionados del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información reunidos en Sesión Extraordinaria, impusieron una amonestación pública al Director de Desarrollo Urbano y Ecología del Sujeto Obligado Municipio de Guadalupe y Calvo, Iván Gaxiola Lomas, por incumplir con la resolución emitida el pasado 4 de febrero, cuando se le ordenó entregar la versión oficial de los reglamentos de construcción municipales o su equivalente, que regule las licencias de construcción vigentes al mes de mayo del año 2013, además de especificar la norma vigente en los meses de agosto de 2017 a septiembre de 2018.

 

La Comisionada Amelia Lucía Martínez Portillo, presentó a los integrantes del Pleno el proyecto de resolución del expediente ICHITAIP/RR-457/2020 en el que especifica que un particular presentó su requerimiento a través de una solicitud de información, sin embargo, la respuesta que se hizo llegar al recurrente no correspondía a lo pedido, por lo que se tuvo la resolución emitica como no cumplida.

 

La resolución se tomó con el voto unánime de la Comisionada Amelia Lucía Martínez Portillo, el Comisionado Rodolfo Leyva Martínez y el Comisionado Presidente, Ernesto Alejandro de la Rocha Montiel.

 

Añade el documento que el solicitante requirió conocer el ordenamiento legal o su equivalente relacionado con las licencias de construcción en el Municipio de Guadalupe y Calvo, pero no se refería a si se realizaba o no el cobro de las licencias, como se manifestó en la respuesta entregada por la Unidad de Transparencia al particular.

 

Y “toda vez que la información entregada no corresponde con lo que se requirió por parte del recurrente”, los integrantes del Pleno votaron por dictaminar como no cumplida la resolución emitida, toda vez que el Sujeto Obligado fue omiso en proporcionar la versión oficial de los reglamentos de construcción municipales vigentes en mayo de 2013 o en su caso hacer precisión alguna al respecto.

 

La amonestación se impuso al Director de Desarrollo Urbano y Ecología por ser el encargado del área que dio respuesta a la solicitud de información a través de la Unidad de Transparencia, de conformidad con la fracción I del artículo 160 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua.

 

El acuerdo que resuelve el expediente señalado será publicado en la página web de éste órgano garante y difundido hasta en tanto se da cumplimiento a lo ordenado.

 

Así mismo, se concedió un término de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de su notificación del acuerdo, además de hacerse el apercibimiento de que de incurrir en incumplimiento se procederá a imponer multa económica.






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