Resuelve Ichitaip cinco recursos de revisión


El Consejo General del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ichitaip) resolvió cinco recursos de revisión en contra de las Unidades de Información Municipio de Ciudad Juárez, el Supremo Tribunal de Justicia del Estado y la Secretaría de Educación y Cultura.

En el primer proyecto de resolución del recurso de revisión en contra de la Unidad de Información del Municipio de Ciudad Juárez, expuesto por el Consejero Rodrigo Ramírez Tarango, en el que se solicitaba el nombre de las personas morales que proporcionaban los uniformes de la policía municipal, se revocó la respuesta otorgada al solicitante con el fin de que el Sujeto Obligado haga entrega del acuerdo de clasificación al particular.
Por su parte la Consejera Presidenta del Ichitaip, Thlie Carlos Macías, expuso dos recursos de revisión, el primero de ellos en contra de la unidad de información del Municipio de Ciudad Juárez en el que se solicitaba el número de solicitudes de expropiación dirigidas al Ejecutivo Estatal durante la administración pasada y las causas de dichas solicitudes, para lo cual el Consejo General aprobó sobreseer el recurso de revisión por improcedente, ya que la unidad de información no cuenta con la información solicitada.
El segundo recurso de revisión expuesto por Thlie Carlos Macías, en contra del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, fue sobreseído luego de que la unidad de información diera respuesta al solicitante dándole a conocer que su consulta no forma parte de la información pública que este Sujeto Obligado genera en el ejercicio de sus funciones, lo anterior debido a que se pedía respuesta de por qué el Código Penal chileno no cuenta con Ministerio Publico y México si cuenta.
Por su parte el Consejero Rodolfo Sandoval Peña presentó dos proyectos de resolución; el primero de ellos en contra de la unidad de información del Municipio de Ciudad Juárez, en el que se solicitaba informaran sobre qué predios e inmuebles ha comprado el municipio en los últimos tres años y cuánto ha pagado por cada uno, en su respuesta la unidad de información manifestó que la información se encontraba reservada, siendo omisa en entregar el acuerdo correspondiente, por lo cual fue revocada la respuesta otorgada a efecto de que haga entrega de la misma.
Por otra parte, en el proyecto de resolución del recurso de revisión en contra de la unidad de información de la Secretaría de Educación y Cultura se ordenó revocar la respuesta otorgada por el sujeto obligado, ya que éste no contestó la solicitud que le fuera formulada acorde a lo que se le solicitaba: el número de instituciones de educación superior, nombre y clave, así como los programas educativos que oferta.






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